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 ACOMPAÑA PACM A USUARIOS DE POZOS DE RIEGO PARA AMPARARSE CONTRA DECRETO DE CONAGUA

Además de que se realizan reuniones informativas en los ocho distritos de riego del estado, la convocatoria está abierta para que se acerquen a la sede del PACM y sean promovidos mediante un amparo contra el decreto que los dejó fuera de su derecho.

ZACATECAS, Zac., 3 abril.- Luego que cerca de dos mil 500 unidades de riego quedaron fuera del decreto de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para usuarios de agua de pozos de riego, emitido el pasado 14 de marzo, el Parlamento Abierto Campesino Mexicano (PACM) continúa con la gestión para asesorar y respaldar con amparos a todos aquellos usuarios y productores agrícolas de más de 50 mil metros cúbicos que no fueron beneficiados.

A decir de Marcos Pinedo Hernández, presidente del PACM, además de que se están realizando reuniones informativas en los ocho distritos de riego del estado, la convocatoria está abierta para que se acerquen y sean promovidos mediante un amparo contra el decreto que los dejó fuera de su derecho y dirigida a usuarios de pozos y unidades de riego, de uso agrícola, doméstico y de servicios así como de aguas superficiales (presas).

Así, el PACM ha iniciado con los procesos de amparos, a fin de que se pueda resolver la demanda de los productores de dichas unidades de riego de uso agrícola y ganadero, donde con dicha gestión se podrá beneficiar a todos aquellos usuarios que cuentan con un volumen de más de 50 mil metros cúbicos.

Además, aplicará para todos aquellos que no hayan obtenido su prórroga por las diferentes condiciones que privan en los padrones de usuarios de dichas unidades, que les permita ampararse de dicho decreto mediante persona moral, como lo marca la Ley, acceder al beneficio del Decreto publicado, de manera individual de 6 mil a 50 mil metros cúbicos por socio, antes reconocido como usuario de las Unidades de Riego, por la Ley de Aguas Nacionales y Conagua, recalcó Pinedo Hernández.

Recordó que todos los interesados deben traer la siguiente documentación, considerada dentro del mencionado Decreto:

I. Escrito libre por el que solicite la adhesión al presente decreto, donde manifieste, bajo protesta de decir verdad, que:

a) Es propietario o poseedor de los predios donde se ubican las obras;

b) No ha transmitido el dominio del predio, de la concesión, o de la asignación;

c) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en el artículo 29 de la Ley de Aguas Nacionales y las demás que establezca su reglamento, y

d) Exprese su consentimiento para ser notificado vía electrónica indicando para ello un correo electrónico;

II. Fotocopia del título de concesión o asignación vencido;

III. Identificación oficial vigente, en original y fotocopia simple para su cotejo;

IV. Tratándose de personas morales, el documento certificado con el que acredite su legal constitución, así como su representación;

V. Registro Federal de Contribuyentes (RFC), o bien, Clave Única de Registro de Población (CURP), y

VI. Comprobante del pago de derechos de los servicios de estudio y trámite y, en su caso, autorización de la prórroga de títulos de asignación o concesión, conforme a lo previsto por el artículo 192, fracción I, de la Ley Federal de Derechos, con excepción de los casos previstos en el artículo 192-D del mismo ordenamiento.

Los interesados pueden acudir a las oficinas del PACM, ubicadas en C. Fernando Villalpando número 318, centro histórico de Zacatecas, solicitar información al correo pacamex8.32@gmail.com, o llamar al número telefónico 4921277222.