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POR FIN…¡YA ESTÁ LISTO EL TORITO!

Nacen la Policía Vial Preventiva y el Centro de Sanciones Administrativas

  • Se publican las reformas a la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad 
  • La corporación podrá acceder a mayores recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública
  • Habrá arrestos administrativos para quienes conduzcan bajo los influjos del alcohol o alguna droga
  • Se realizará oportuna campaña de concientización y socialización

Zacatecas, Zac., 11 de agosto de 2024.- Con la finalidad de ampliar facultades para su actuación y acceder a mayores recursos económicos que les permitan cumplir con la encomienda de brindar seguridad vial a la población, a partir de la fecha nacen en Zacatecas la Policía Vial Preventiva.

Asimismo, para reforzar las acciones en materia de prevención de accidentes y prevenir y evitar la conducción de unidades automotrices bajo el influjo del alcohol o drogas, se creó el Centro de Sanciones Administrativas (CSA).

Lo anterior, en virtud de las reformas a la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad que fueron publicadas el 10 de agosto del presente año en el Diario Oficial del Estado de Zacatecas y que a partir de esa fecha entran en vigor, dando lugar a la desaparición de la Dirección de Policía de Seguridad Vial (DPSV) y a la creación de la Dirección de Policial Vial Preventiva (DPVP).

Con ello, la institución podrá contar con diversos beneficios y con acceso a recursos económicos otorgados por el Gobierno Federal mediante el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública.

Mientras tanto, se da luz verde al surgimiento del Centro de Sanciones Administrativas, que será operado por la Dirección de Policía Vial Preventiva y que contará con oficiales calificadores y con el personal complementario para la substanciación de procedimientos administrativos de los que pueda resultar una sanción proveniente de la conducción de vehículos por personas con ingesta de alcohol, en las cantidades establecidas en esta Ley o bajo el influjo de alguna otra droga. 

Las reformas establecen que los oficiales calificadores y su personal serán nombrados por el titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y deberán reunir los requisitos previstos en el Reglamento General.

Por otra parte, en lo que se refiere a las personas que sean sorprendidas conduciendo bajo el influjo del alcohol se les retirará la licencia o permiso para conducir por un periodo de uno a tres años. 

Mientras tanto, a quienes conduzcan vehículos destinados al transporte público, se les aplicará dicha sanción por un periodo de seis meses a tres años.

El arresto administrativo por conducir bajo el influjo de alcohol se impondrá en el rango de ocho hasta 36 horas, pudiendo ser conmutable por una multa de 120 hasta 240 UMAs. 

Cabe mencionar que, dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de este Decreto, la Secretaría de Seguridad Pública constituirá el Centro de Sanciones Administrativas y el Registro de Infractores. 

En dicho plazo se nombrarán a los oficiales calificadores y, en general, a los servidores públicos del Centro de Sanciones Administrativas y se realizará una importante campaña de concientización y socialización.