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Comisiones edilicias, órganos y programas municipales en materia de prevención social de la violencia y del delito

Dando inicio con la sesión legislativa programada para la fecha, el Pleno legislativo avaló de manera unánime el punto de acuerdo propuesto por el diputado Armando Delgadillo Ruvalcaba mediante el cual, esta Soberanía Popular conmina a todos los gobiernos municipales en el estado de Zacatecas, para que den cumplimiento al mandato legal que los obliga a crear comisiones edilicias, órganos en sus administraciones públicas, y programas municipales en materia de prevención social de la violencia y del delito. Además, se exhorta al Gobierno del Estado para que publique el programa estatal de prevención social de la violencia y del delito.

En tribuna, el legislador promovente recordó que en fecha 30 de septiembre del año 2023, fue publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, el Decreto 311 expedido por esta Legislatura, por el que se enmendaron las leyes del Sistema Estatal de Seguridad Pública y de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, así como la Orgánica del Municipio, todas del Estado de Zacatecas, con el propósito de que todos los ayuntamientos se sincronicen y asuman de forma ineludible responsabilidades en materia de prevención social desde el interior de su estructura de gobierno, administrativa y programática, mediante la integración de comisiones edilicias, la creación de un área administrativa y la expedición de un programa municipal con respaldo financiero, todo en materia de prevención social de la violencia y el delito, armonizados con el esquema de la Ley General, la Ley local y los programas respectivos en materia de prevención.

Modificaciones a la Ley de Protección Civil del Estado
Por unanimidad de la Asamblea fue aprobado el dictamen mediante el cual se modifican y adicionan diversas normas de la Ley de Protección Civil para el estado de Zacatecas, a fin de conferir nuevas atribuciones a la Coordinación Estatal de Protección Civil, para que se coordine con las autoridades federales competentes y eficientar la verificación y el resguardo de vehículos que transportan petrolíferos, además, corroborar la licitud del producto y los permisos oficiales, las condiciones y el equipamiento de los vehículos de transportación de gasolina, diésel y gas LP.